Modelo 720: Guía Completa para la Declaración de Bienes en el Extranjero
Tiempo de lectura: 16 minutos
Índice de contenidos
- Introducción al Modelo 720
- ¿Quién está obligado a presentar el Modelo 720?
- Tipos de bienes a declarar
- Umbrales y excepciones
- Plazos y forma de presentación
- Consecuencias del incumplimiento
- Casos prácticos
- Estrategias para cumplir correctamente
- Herramientas y recursos disponibles
- El futuro del Modelo 720
- Preguntas frecuentes
Introducción al Modelo 720
¿Tienes bienes en el extranjero? Si vives en España y la respuesta es afirmativa, es probable que debas presentar el Modelo 720. No es solo un formulario más: es una obligación que ha generado más dudas, controversias y tensiones que casi cualquier otra declaración informativa en la historia reciente de la fiscalidad española.
El Modelo 720, oficialmente denominado «Declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero», nació en 2012 como parte de un paquete de medidas para combatir el fraude fiscal. Su objetivo era claro: sacar a la luz activos ocultos en el extranjero que muchos contribuyentes no declaraban en España.
Pero vayamos al grano: este modelo no implica un impuesto adicional. Es puramente informativo. Sin embargo, las consecuencias de no presentarlo o hacerlo incorrectamente pueden ser devastadoras para tu patrimonio, aunque esto ha cambiado sustancialmente tras la intervención del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
«El Modelo 720 representó un antes y un después en la transparencia fiscal internacional para los residentes españoles. Nunca antes se había exigido con tanto detalle y bajo un régimen sancionador tan severo la declaración de bienes en el extranjero.» – Carlos Cruzado, Presidente de Gestha (Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda)
En esta guía, desmitificaremos el Modelo 720, analizaremos quién debe presentarlo, qué bienes deben declararse, y cómo hacerlo correctamente para evitar problemas con la Agencia Tributaria. También veremos cómo ha evolucionado tras la controversial sentencia del TJUE que declaró desproporcionadas algunas de sus sanciones.
¿Quién está obligado a presentar el Modelo 720?
La obligación de presentar el Modelo 720 afecta a un amplio espectro de contribuyentes, pero principalmente a:
- Residentes fiscales en España (personas que pasan más de 183 días al año en territorio español o tienen su centro de intereses económicos en España)
- Titulares reales de bienes en el extranjero
- Representantes, autorizados o personas con poder de disposición sobre bienes en el extranjero
- Beneficiarios de determinadas estructuras jurídicas como trusts o fundaciones
Esto incluye no solo a ciudadanos españoles, sino también a extranjeros residentes en España. Un error común es pensar que esta obligación no afecta a expatriados o ciudadanos de otros países que residen en España.
Casos especiales de obligación
Existen situaciones menos evidentes que también generan la obligación de presentar el Modelo 720:
- Autorizados en cuentas bancarias: Si eres autorizado en una cuenta bancaria extranjera, aunque los fondos no sean tuyos
- Titulares indirectos: A través de sociedades o estructuras en las que participes
- Usufructuarios: Si tienes el usufructo de bienes situados en el extranjero
- Titulares de seguros y rentas: Tomadores de seguros de vida o beneficiarios de rentas temporales o vitalicias contratadas con entidades extranjeras
¿Quién está exento?
No todas las personas con bienes en el extranjero deben presentar el modelo:
- Contribuyentes que hayan declarado estos bienes a través de otros modelos específicos (como el 117, 156, 181, 196)
- Personas cuyos bienes en cada categoría no superen los 50.000€ en conjunto
- Determinadas entidades sin ánimo de lucro y administraciones públicas
En el caso de María, una ingeniera española que trabajó durante cinco años en Alemania antes de regresar a España, la situación se complicó. «Mantuve mi cuenta bancaria alemana con unos 60.000€ y un pequeño apartamento que compramos allí. No sabía que debía declarar estos bienes mediante el Modelo 720 al volver a ser residente fiscal en España. Me enteré dos años después, cuando mi asesor fiscal me alertó del riesgo que estaba corriendo.»
Tipos de bienes a declarar
El Modelo 720 establece tres categorías claras de bienes a declarar. Cada una funciona de manera independiente a efectos de determinar la obligación de presentación:
1. Cuentas bancarias y activos financieros
Esta categoría incluye:
- Cuentas corrientes, de ahorro y a plazo
- Acciones y participaciones en fondos de inversión
- Bonos y obligaciones
- Seguros de vida con componente de ahorro
- Rentas temporales o vitalicias
Para cada cuenta bancaria, debes informar el saldo a 31 de diciembre y el saldo medio del último trimestre. Para otros activos financieros, su valor a 31 de diciembre.
2. Bienes inmuebles y derechos sobre inmuebles
Debes declarar:
- Viviendas, apartamentos y locales
- Terrenos y fincas
- Inmuebles en construcción
- Derechos reales sobre inmuebles (usufructo, nuda propiedad, etc.)
- Time-sharing o multipropiedad
Para cada inmueble, se informará de su valor de adquisición, que será lo que determina si se supera el umbral de los 50.000€.
3. Otros bienes y derechos
Esta categoría incluye:
- Acciones y participaciones en entidades jurídicas
- Valores representativos de la cesión a terceros de capitales propios
- Seguros de vida y rentas temporales o vitalicias
- Joyas, obras de arte y vehículos con valor unitario superior a 50.000€
- Propiedad intelectual e industrial
«La complejidad del Modelo 720 no radica tanto en el formulario en sí, sino en la identificación correcta de qué bienes entran en cada categoría y cómo valorarlos adecuadamente.» – Patricia Font, Asesora Fiscal especializada en fiscalidad internacional
Umbrales y excepciones
La obligación de presentar el Modelo 720 se activa cuando el valor conjunto de los bienes en cualquiera de las tres categorías mencionadas supera los 50.000€. Este umbral funciona independientemente para cada categoría.
Umbrales iniciales y de años posteriores
Situación | Umbral | Obligación | Ejemplo |
---|---|---|---|
Primera declaración | 50.000€ por categoría | Presentar Modelo 720 completo | Cuenta bancaria con 55.000€ |
Años posteriores – Incremento | 20.000€ adicionales | Declarar sólo bienes nuevos o con incremento | Incremento de 25.000€ en depósitos |
Años posteriores – Sin cambios | N/A | No hay obligación | Mismo inmueble sin cambios de valor |
Venta o extinción del bien | N/A | Obligación de informar la extinción | Venta de un inmueble previamente declarado |
Es importante destacar que el umbral de 20.000€ para años posteriores se refiere al incremento del valor conjunto de cada categoría, no a cada bien individual.
Excepciones notables
Existen algunas excepciones significativas:
- Cuentas abiertas por residentes españoles desplazados por motivos laborales: No deben declararse si el titular es un empleado de una entidad española y la cuenta se utiliza exclusivamente para la actividad laboral.
- Bienes y derechos cuya titularidad corresponde a personas jurídicas: Las entidades tienen sus propias obligaciones informativas.
- Valores confiados a entidades financieras españolas: Si están depositados en una entidad financiera española que ya tiene obligaciones de información, no es necesario incluirlos.
Juan, un empresario catalán, comenta su experiencia: «Tenía una cartera de inversiones de unos 40.000€ en Suiza y un apartamento en Portugal valorado en 120.000€. Pensé que como mi cartera suiza no superaba los 50.000€, solo debía declarar el inmueble. Fue un error que me costó una inspección y tuve que regularizar la situación presentando una declaración complementaria.»
Plazos y forma de presentación
El Modelo 720 tiene un plazo específico de presentación que difiere de otras declaraciones fiscales, lo que a menudo genera confusión entre los contribuyentes.
Calendario de presentación
- Plazo ordinario: Del 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente al que se refiere la declaración
- Información a declarar: Bienes y derechos a 31 de diciembre del año anterior
- Presentación extemporánea: Posible en cualquier momento, pero con posibles consecuencias según el retraso
Por ejemplo, los bienes poseídos a 31 de diciembre de 2023 deben declararse entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2024.
Procedimiento de presentación
El Modelo 720 solo puede presentarse telemáticamente, lo que requiere:
- Certificado electrónico o Cl@ve PIN
- Acceso a la sede electrónica de la Agencia Tributaria
- Cumplimentación de las tres páginas del modelo (una por cada categoría de bienes)
- Firma y envío electrónico
También es posible la presentación a través de un representante autorizado, como un asesor fiscal o gestor administrativo, lo cual es recomendable dada la complejidad del modelo.
Información necesaria para la presentación
La preparación adecuada es crucial. Necesitarás:
- Identificación completa de cada bien (números de cuenta, direcciones de inmuebles, etc.)
- Fechas de adquisición o apertura
- Valores precisos según el tipo de bien
- Porcentajes de titularidad
- Identificación de cotitulares (en caso de titularidad compartida)
Consejo práctico: Comienza a recopilar la documentación al menos un mes antes del plazo de presentación. Las entidades financieras extranjeras suelen tardar en proporcionar certificados de saldos y extractos, especialmente si necesitas datos históricos.
Consecuencias del incumplimiento
Las consecuencias de no presentar el Modelo 720, hacerlo fuera de plazo o con errores sustanciales han sido uno de los aspectos más controvertidos de esta obligación informativa.
Régimen sancionador
Originalmente, el régimen sancionador era extremadamente severo, con tres tipos principales de consecuencias:
- Sanciones formales: 5.000€ por dato o conjunto de datos omitidos, con un mínimo de 10.000€ por categoría
- Impuesto sobre la Renta: Consideración de los bienes no declarados como ganancias patrimoniales no justificadas, integrándose en la base liquidable general del IRPF
- Sanciones por infracción tributaria muy grave: 150% de la cuota resultante de la regularización
Además, estas ganancias no justificadas se imputaban al último período no prescrito, independientemente de cuándo se hubieran adquirido los bienes, lo que efectivamente convertía estos bienes en imprescriptibles.
La sentencia del TJUE y sus implicaciones
El 27 de enero de 2022, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictó una sentencia histórica (asunto C-788/19) que declaró que el régimen sancionador del Modelo 720 era contrario al Derecho de la Unión Europea por:
- Vulnerar el principio de libre circulación de capitales
- Establecer un régimen sancionador desproporcionado
- Crear una presunción de evasión fiscal sin posibilidad de prueba en contrario
- Imponer una imprescriptibilidad de facto
Tras esta sentencia, el Gobierno español modificó la normativa mediante la Ley 5/2022, de 9 de marzo, estableciendo:
- Mantenimiento de la obligación de informar mediante el Modelo 720
- Eliminación de la imprescriptibilidad
- Reducción significativa de las sanciones formales
- Aplicación del régimen sancionador general de la Ley General Tributaria
Comparativa de sanciones antes y después de la sentencia del TJUE
Ana, una profesora universitaria con una herencia en Italia, relata: «Heredé una casa de mis padres en Toscana en 2014, pero no la declaré en el Modelo 720 por desconocimiento. En 2018, cuando quise regularizar mi situación, me enfrentaba a sanciones mínimas de 10.000€ más impuestos y recargos. Tras la sentencia del TJUE, pude presentar una declaración complementaria con unas consecuencias económicas mucho más razonables.»
Casos prácticos
Para entender mejor cómo aplicar la normativa del Modelo 720 en situaciones reales, analicemos algunos casos prácticos:
Caso 1: El expatriado que regresa
Roberto trabajó durante 8 años en Reino Unido. Al regresar a España en 2022, trajo consigo:
- Una cuenta bancaria con 40.000€
- Un plan de pensiones valorado en 70.000€
- Acciones por valor de 25.000€
Análisis: Roberto debe presentar el Modelo 720 porque en la categoría de activos financieros (donde se incluyen el plan de pensiones y las acciones) supera los 50.000€ (95.000€ en total). Aunque su cuenta bancaria no supera el umbral individualmente, también debe incluirla en la declaración al estar obligado a presentar el modelo.
Caso 2: La herencia internacional
Carmen recibió en 2023 una herencia de su tío en Argentina que incluye:
- Un apartamento valorado en 150.000€
- Una cuenta bancaria con 30.000€
Análisis: Carmen debe presentar el Modelo 720 antes del 31 de marzo de 2024, declarando el inmueble porque supera el umbral de 50.000€. También debe incluir la cuenta bancaria, aunque esta no supere el umbral por sí misma, ya que está obligada a presentar el modelo y debe informar de todos sus bienes en el extranjero.
Caso 3: El inversor diversificado
Miguel tiene inversiones en varios países:
- Cuentas bancarias en Francia: 45.000€
- Un pequeño apartamento en Portugal: 90.000€
- Acciones en empresas alemanas: 30.000€
- Un fondo de inversión en Luxemburgo: 15.000€
Análisis: Miguel debe presentar el Modelo 720 por dos categorías diferentes:
– La categoría de bienes inmuebles (apartamento en Portugal: 90.000€)
– La categoría de otros bienes y derechos (acciones y fondos: 45.000€ en total)
Para la categoría de cuentas bancarias, aunque está cerca (45.000€), no supera el umbral de 50.000€, por lo que técnicamente no estaría obligado a incluirla, aunque sería recomendable por transparencia.
Consejo profesional: Cuando existan dudas sobre si un bien debe incluirse o no, especialmente si estás cerca del umbral, es recomendable incluirlo. El exceso de información no suele acarrear problemas, mientras que la falta de información sí puede generarlos.
Estrategias para cumplir correctamente
Cumplir adecuadamente con la obligación del Modelo 720 requiere planificación y rigor. Aquí algunas estrategias clave:
Planificación previa
- Inventario anual de bienes: Realiza un inventario completo de tus bienes en el extranjero cada fin de año
- Documentación organizada: Mantén carpetas (físicas o digitales) con extractos bancarios, escrituras y justificantes de valoración
- Solicitud anticipada de certificados: Pide a entidades financieras los certificados necesarios con tiempo suficiente
- Control de cotitularidades: Documenta los porcentajes exactos de titularidad en bienes compartidos
Minimizando riesgos
Algunas prácticas que pueden ayudarte a minimizar riesgos:
- Presentación voluntaria de declaraciones de años anteriores no presentadas, antes de cualquier requerimiento
- Consistencia entre declaraciones: Asegúrate de que la información del Modelo 720 sea coherente con tus declaraciones de IRPF e Impuesto sobre el Patrimonio
- Conservación de pruebas de titularidad anterior a tu residencia fiscal en España
- Valoración conservadora de los bienes cuando existan diferentes métodos posibles
Consideraciones especiales
Atención a estas situaciones que a menudo generan confusión:
- Cuentas multidivisa: Valora correctamente aplicando el tipo de cambio a 31 de diciembre
- Bienes en países con moneda distinta al euro: Aplica la conversión oficial publicada por el Banco Central Europeo
- Titularidad a través de sociedades: Analiza si existe obligación de declarar como titular real
- Criptomonedas: Aunque existe debate jurídico, la posición conservadora es incluirlas si están depositadas en exchanges extranjeros
Como explica Luis, asesor fiscal especializado: «He visto muchos contribuyentes que intentan evitar la presentación del Modelo 720 fragmentando sus activos en diferentes países para no superar el umbral en ninguno. Esta estrategia es arriesgada, ya que Hacienda puede considerar que existe una planificación fiscal agresiva si detecta un patrón.»
Herramientas y recursos disponibles
Para facilitar el cumplimiento de esta compleja obligación, existen diversas herramientas y recursos a disposición de los contribuyentes:
Recursos oficiales
- Guía oficial de la AEAT: La Agencia Tributaria publica anualmente una guía actualizada con instrucciones detalladas
- Asistente virtual: Disponible en la sede electrónica para resolver dudas comunes
- Consultas vinculantes: La Dirección General de Tributos ha emitido numerosas consultas que clarifican aspectos específicos
- Servicio de atención telefónica: Línea específica para resolver dudas sobre este modelo
Herramientas tecnológicas
Diversas aplicaciones y programas pueden ayudarte:
- Software de gestión patrimonial que integra la preparación del Modelo 720
- Aplicaciones de seguimiento de inversiones que exportan datos en formatos compatibles
- Plataformas bancarias que generan certificados adaptados a las necesidades del modelo
- Herramientas de conversión de divisas que aplican los tipos de cambio oficiales
Apoyo profesional
Dada la complejidad y las potenciales consecuencias, muchos contribuyentes optan por buscar asesoramiento profesional:
- Asesores fiscales especializados en fiscalidad internacional
- Gestores administrativos con experiencia en el Modelo 720
- Abogados fiscalistas para situaciones complejas o con riesgo de inspección
- Servicios de compliance fiscal para empresarios o patrimonios complejos
Advertencia: La información proporcionada por entidades financieras extranjeras puede no estar adaptada a los requisitos específicos del Modelo 720. Es tu responsabilidad verificar que los datos y valoraciones